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30/10/2020

Requisitos para cobrar la prestación por desempleo y ser autónomo a la vez

El 33 de la Ley de Fomento del Trabajo Autónomo especifica los casos y condiciones para que un ciudadano pueda compatibilizar, durante un tiempo determinado, el cobro de la prestación por desempleo y la actividad por cuenta propia dándose de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
De este modo, se puede recibir la prestación correspondiente del paro y facturar como trabajador autónomo de manera simultánea durante un máximo de 270 días, o durante el tiempo inferior que al individuo le quede por percibir, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:
- Solicitar la compatibilidad en un plazo de 15 días improrrogables empezando a contar desde la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
- No haber trabajado por cuenta propia en los últimos 24 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
- No haber disfrutado de esta medida en los últimos 24 meses.
- No haber solicitado el pago único de la prestación por desempleo en los últimos 24 meses inmediatamente anteriores a la fecha de inicio de la actividad por cuenta propia.
La mencionada Ley también prevé algunas exclusiones. Si quieres conocer estos supuestos y otras consideraciones a tener en cuenta para los individuos que deseen acogerse a esta medida, ponte en contacto con nosotros a través del formulario.



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